• Nunca es tarde para ser feliz

    Cómo es el procedimiento legal de adopción



    La Ley provincial 2561 sancionada por la Legislatura neuquina prevé una serie de condiciones y requisitos para la inscripción de aquellos futuros padres, que quisieran iniciar la adoptabilidad de un niño, niña o adolescente.

    (fuente lmneuquen.com.ar)
    La legislación brinda tres instancias de inscripción, habilitadas en los meses de abril, agosto, y diciembre de cada año. Las inscripciones cuentan con un plazo de 10 días, siendo el 1 de diciembre la apertura.

    Quienes quieran inscribirse en el Registro Único de Adoptantes (RUA) deberán llenar un formulario, donde obtendrán un número de gestión. 

    El formulario estará abierto a partir de las 9 hs. del 1 de diciembre y se podrá acceder a el a través de la página web del Poder Judicial de Neuquén. La inscripción tendrá el carácter de una declaración jurada, por lo que cada cambio de situación familiar deberá ser actualizado.

    Requisitos
    • Nombre y apellido
    • Número del Documento Nacional de Identidad
    • Fecha y lugar de nacimiento
    • Estado civil
    • Ocupación e ingresos
    • Domicilio real, número de teléfono y correo electrónico
    • Lugar de residencia durante los últimos cinco años (para extranjeros)
    • Grupo conviviente si lo hubiere
    • Hijas o hijos si los tuviere
    Estos datos deben estar acompañados por esta nota dirigida a la Directora del RUA, Dra. Gisela Maxuell, detallando la documentación que será entregada y manifestado haber o no ejercido la guarda de algún menor con anterioridad

    El pretenso adoptante se debe comprometer a hacerle saber su realidad biológica al adoptado y debe acreditar haber o no tenido acciones por filiación, violencia familiar y alimentos, la actividad que desarrolla e ingresos mensuales. Tiene la opción de optar por la edad, cantidad y estado de salud de los niños a adoptar

    Documentación
    • Partida de nacimiento de los inscriptos y de hijos si los tuviere
    • Fotocopia de 1,2 hoja del DNI y cambio de domicilio en DNI y/o certificado policial de domicilio. No se admitirán las solicitudes de los aspirantes fuera de la provincia de Neuquén
    • Acta de matrimonio
    • Testimonio de sentencia de divorcio, de declaración de insania, de ausencia o desaparición forzada del otro cónyuge, si correspondiere
    • Certificado de antecedentes penales otorgado por Autoridad Nacional
    • Certificado de Trabajo
    • Recibo de haberes y/o constancia de ingresos
    • Certificado de Salud
    • Solo para extranjeros: acreditación fehaciente de residencia permanente en el país con un mínimo de 5 años anteriores a la petición de la guarda y con domicilio en la provincia de Neuquén
    • Formulario de intención cargado vía internet o en su defecto indicar número de gestión que el sistema informático le brinde

    Los legajos permanecen en espera hasta la realización de los informes sociales y psicológicos, que son llevados a cabo por profesionales del Equipo Interdisciplinario del Poder Judicial. Si el resultado de los informes es favorable, se efectiviza la inscripción de los aspirantes al registro.

    La documentación deberá ser entregada en la sede del Registro, en calle Roca N° 460, segundo piso, de la ciudad de Neuquén Capital.



     

    Adopción en Neuquén

    Nunca es tarde para ser feliz.

    Este blog es una investigación periodística sobre las muchas caras de la adopción.

    Está dedicado, especialmente, a todas aquellas personas que fueron y son capaces de dar amor y vida.

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